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¡ME AYUDAAAAAANN?

¡ME AYUDAAAAAANN! ¿POR FIS? ¿Me explican los siguietes articulos? : Articulo 10 Articulo 12 Articulo 13 De la Constitucion Nacional Argentina.

Pregunta de Derecho · 1 respuesta · 6 votos · mejor respuesta de Tareitas98

En resumen

Respuesta : Constitución Nacional Nacional. Artículo 10. En el interior de la República es libre de derechos la circulación de los efectos de producción o fabricaciónnacional, así como la de los géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas exteriores.

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Tareitas98
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Respuesta : Constitución Nacional Nacional.

Artículo 10.

En el interior de la República es libre de derechos la circulación de los efectos de producción o fabricaciónnacional, así como la de los géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas exteriores.

Constitución Nacional Nacional.

Artículo 12.

Los buques destinados de una provincia a otra, no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito, sin que en ningún caso puedan concederse preferencias a un puerto respecto de otro, por medio de leyes o reglamentos de comercioArtículo 13.

- Podrán admitirse nuevas provincias en la Nación ; pero no podrá erigirse una provincia en el territorio de otra u otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso.

Preguntas frecuentes

¡ME AYUDAAAAAANN?

Respuesta : Constitución Nacional Nacional. Artículo 10.