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Artículos de la constitución nacional Colombiana donde se haga referencia a "permisos"?

Artículos de la constitución nacional Colombiana donde se haga referencia a "permisos".

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En resumen

Artículo 84. Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio. Artículo 189.

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Ayuda427
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Artículo 84.

Cuando un derecho o una actividad hayan sido

reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer

ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio.

Artículo 189.

Corresponde al Presidente de la República como

Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa :

6.

Proveer a la seguridad exterior de la República,

defendiendo la independencia y la honra de la Nación y la inviolabilidad del

territorio ; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal

autorización para repeler una agresión extranjera ; y convenir y ratificar los

tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.

18.

Conceder permiso a los empleados públicos nacionales que

lo soliciten, para aceptar, con carácter temporal, cargos o mercedes de

gobiernos extranjeros.

Artículo 196.

El Presidente de la

República, o quien haga sus veces, no podrá trasladarse a territorio extranjero

durante el ejercicio de su cargo, sin previo aviso al Senado o, en receso de

éste, a la Corte Suprema de Justicia.

La infracción de esta disposición implica

abandono del cargo.

El Presidente de la República, o quien haya ocupado la

Presidencia a título de encargado, no podrá salir del país dentro del año

siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones, sin permiso

previo del Senado.

Artículo 223.

Sólo el Gobierno

puede introducir y fabricar armas, municiones de guerra y explosivos.

Nadie

podrá poseerlos ni portarlos sin permiso de la autoridad competente.

Este

permiso no podrá extenderse a los casos de concurrencia a reuniones políticas,

a elecciones, o a sesiones de corporaciones públicas o asambleas, ya sea para

actuar en ellas o para presenciarlas.

Artículo 333.

La actividad

económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien

común.

Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos,

sin autorización de la ley.

Preguntas frecuentes

Artículos de la constitución nacional Colombiana donde se haga referencia a "permisos"?

Artículo 84.