Articulo 348 de la constitucion dela republica bolivariana de venezuela , alguien sabe?
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La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros ; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes ; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos ; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.
Para ordenar los derechos de una pulcra forma y para ubicar con mayor facilidad su ubicacion.
Respuesta : La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público emana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene, en todo tiempo, el alienable derecho de…
Lo que se esque venezuela pasa por un estado economico muy critico debido al presidente Maduro que se apodero te todo los fondos del pais.