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Artículo 18 dela constitución nacional , ayuda por favor?

Artículo 18 dela constitución nacional , ayuda por favor.

Pregunta de Derecho · 1 respuesta · mejor respuesta de Sanchezvaleskaotx2df

En resumen

“ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

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Mejor respuesta

“ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.