DerechoBásico1 respuestas

Artículo 18 dela constitución nacional , ayuda por favor?

Artículo 18 dela constitución nacional , ayuda por favor.

En resumen

“ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

Mejor respuesta

“ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.