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Buenas tardes, por favor necesito una opinión sobre el régimen de excepción en salud, lo necesito urgente por favor?

Buenas tardes, por favor necesito una opinión sobre el régimen de excepción en salud, lo necesito urgente por favor.

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Duvanve
8

De acuerdo con el artículo 14 del Decreto 1703 de 6 agosto de 2002, sobre Regímenes de Excepción, establece que cuando una persona afiliada como cotizante o beneficiario a un régimen de excepción tenga una relación laboral o ingresos adicionales sobre los cuales esté obligado a cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud, su empleador o administrador de pensiones, o ella misma o su contratante si se trata de un trabajador independiente, deberán efectuar la respectiva cotización al Fosyga en los mecanismos que para tal efecto defina el Ministerio de Salud.

Los aportes a Régimen de Excepción mas frecuentes son : El Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, las Universidades Públicas que se acogierón a la ley 647 de 2001, las Fuerzas Militares y Policía Nacional y Ecopetrol.