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Que indica la constitucion de la republica del ecuador sobre la discapacidad?

Que indica la constitucion de la republica del ecuador sobre la discapacidad.

En resumen

1. ­ - Desarrollar mecanismos para la utilización del sistema de atención primaria de salud, a fin de llegar a todos los sectores de la población, particularmente rurales y urbano - marginales, con la finalidad de prevenir las discapacidades. 2.

Mejor respuesta

Alexys16mayo
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1. ­ - Desarrollar mecanismos para la utilización del sistema de atención primaria de salud, a fin de llegar a

todos los sectores de la población, particularmente rurales y urbano - marginales, con la finalidad de prevenir

las discapacidades.

2. ­ - Fortalecer los programas de inmunización, y de atención prenatal, natal y postnatal, relacionados a las

causas directas e indirectas que ocasionan deficiencias y discapacidades, priorizando grupos de alto riesgo.

3. ­ - Establecer un sistema de consejería genética para evitar el aparecimiento de discapacidades.

4. ­ - Desarrollar programas orientados a prevenir las situaciones potencialmente discapacitantes que devienende agentes biológicos, de contaminación ambiental, de enfermedades degenerativas y crónicas y adoptar

medidas para prevenir los trastornos psicológicos.

5. ­ - Establecer programas para el diseño, producción y distribución de órtesis y prótesis y otras ayudas

técnicas, que reemplacen o compensen las deficiencias y que permitan a las personas con discapacidad tener

facilidades para adquirir y mantener los mismos, así como la fijación de tarifarios y normativas de

funcionamiento.

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6. - Organizar, implementar y poner en ejecución el Sistema Unico de Calificación de Discapacidades,

diseñado por el CONADIS.

7. ­ - Ejecutar programas de prevención de accidentes de tránsito, hogar, laborales y otros.

8. ­ - Adoptar medidas de control contra el uso indebido de drogas, estupefacientes y psicotrópicos, alcohol,

tabaco, medicamentos, a fin de prevenir la discapacidad.

9. ­ - Impulsar la realización de estudios epidemiológicos encaminados a conocer los factores de riesgo y

causas de las discapacidades.

10. - Establecer un sistema de atención oportuna para la detección, diagnóstico, intervención temprana y

rehabilitación médico funcional, mediante programas que pongan al alcance de las personas con discapacidad

los recursos y servicios, de manera que reciban una atención integral, individualizada, apropiada y continua

preferentemente en su propio contexto socio - cultural.

11. - Crear y fortalecer los programas y servicios a nivel nacional, regional, provincial y local de servicios

de detección, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias, con participación de la comunidad, como un

componente de los servicios generales.

12. - Organizar y poner en marcha un sistema de notificación obligatoria de nacimientos en

condiciones de riesgo y un reporte obligatorio semestral, de secuelas de procesos patológicos que

puedan determinar el aparecimiento de discapacidades.

13. - Desarrollar programas de promoción de salud de la población, estableciendo servicios de

asesoramiento dirigidos a prevenir y atender situaciones de riesgo ; especialmente en poblaciones

más vulnerables.

14. - Diseñar y ejecutar programas que incluyan contenidos sobre discapacidades en la

capacitación del personal de salud, que realiza prácticas o actividades especialmente en los

sectores rural y urbano - marginal a fin de que se conviertan en agentes multiplicadores para la

capacitación de líderes en la comunidad y en la familia, con el objeto de reducir la incidencia de las

discapacidades, de acuerdo a las estrategias del modelo de rehabilitación en base comunitaria - R.

B. C.

15. - Ejecutar y desarrollar programas en todas las provincias que creen condiciones adecuadas desalubridad e higiene habitacional, ambiental y de dotación de servicios de saneamiento, con el

apoyo de las corporaciones municipales, provinciales, Ministerio de la Vivienda y otros organismos

autónomos de desarrollo regional.

16. - Ampliar en todo el país programas de atención materno infantil relacionados con el crecimiento

y desarrollo integral del niño, impulsando programas que ayuden a la prevención del maltrato

infantil, y de capacitación y apoyo a las familias en el manejo de niños con riesgo de discapacidad

con la asistencia del Ministerio de Bienestar Social, el Instituto Nacional del Niño y la Familia, los

institutos de Seguridad Social y corporaciones municipales y provinciales.

17. - Impulsar acciones de capacitación a la población encaminadas al conocimiento de alternativas

de alimentación y cultivos adecuados, especialmente en zonas identificadas como de alto riesgo,

reconocidas por causas carenciales, en coordinación con las entidades responsables del tema.

18. - Ampliar y reforzar los programas de intervención y estimulación temprana con participación de

la familia y la comunidad, especialmente en grupos poblacionales de riesgo, con el apoyo del

Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Bienestar Social, Instituto Nacional del Niño y la

Familia, los institutos de Seguridad Social y organizaciones no gubernamentales.

19. - Desarrollar programas de salud ocupacional, especialmente en lo relacionado a la prevención

de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, en coordinación con el Ministerio de

Trabajo y Recursos Humanos y los institutos de Seguridad Social del país.