El Principio de la Igualdad en la Educación en la carta magna del Ecuador se consagra en el Art.
26. , cuando tipifica : "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado.
Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.
Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.
"Por otra parte, sobre la igualdad, se tipifica en el Título VII : RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR , en el artículo Art.
340. - , donde manifiesta que : EI sistema nacional de inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, .
Más adelante dice : El sistema se articulará al Plan Nacional de Desarrollo y al sistema nacional descentralizado de planificación participativa ; se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad.