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¿Cual es la diferencia entre Mar Territorial y la Zona Economica Exclusiva?

¿Cual es la diferencia entre Mar Territorial y la Zona Economica Exclusiva?

En resumen

_el mar territorial designa el agua hasta 12 millas nauticas desde la linea de base. _la zona economica exclusiva designa la zona continua mas alla del mar territorial y hasta las docientas millas nauticas.

Mejor respuesta

Tabata15
7

_el mar territorial designa el agua hasta 12 millas nauticas desde la linea de base.

_la zona economica exclusiva designa la zona continua mas alla del mar territorial y hasta las docientas millas nauticas.

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Respuesta 2

Lunitha15
1

S. ¿Qué significan los términos Mar Territorial, Zona Económica Exclusiva, Plataforma Continental y Zona?

La Convención de 2001 no define los términos Mar Territorial, Zona Económica Exclusiva o Plataforma Continental, sin embargo los utiliza (lo que sí define es el término “Zona” para definir los fondos marinos y océanos y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional).

Las diferenteszonas marítimasy los derechos de soberanía que se aplican en ellas han sidodefinidos por el derecho internacional, y en particular por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS).

Según la UNCLOS, y en pocas palabras : - El Mar Territorial designa las aguas hasta 12 millas náuticas desde la línea de base.

- La Zona Económica Exclusiva (ZEE) designa la Zona contigua y más allá del Mar Territorial y hasta las 200 millas náuticas.

- La Plataforma Continental designa el mar antes de la caída de la plataforma continental en el mar profundo o por lo menos hasta el límite de la ZEE.

- La Zona designa el lecho del mar más allá de los límites de la jurisdicción nacional.

Esto no significa que las definiciones y reglamentos de los derechos de soberanía de la UNCLOS se apliquen a un Estado que ratifica la Convención de 2001 – los dos tratados son independientes el uno del otro.

Sólo se aplican a los Estados que son Partes de la UNCLOS.

Para otros se aplican otros instttrumentos internacionales.

La Convención de 2001 respeta la reglamentación existentte y no la moodifica.

Es más, específica en el Artículo 3 que : Nada de lo dispuesto en esta Convención menoscabará los derechos, la jurisdicción ni las obligaciones que incumben a los Estados en virtud del derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar.

La presente Convención se interpretará y aplicará en el contexto de las disposiciones del derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar, y de conformidad con ellas.