Articulo 89 de la constitucion politica del peru?
Articulo 89 de la constitucion politica del peru.
Articulo 89 de la constitucion politica del peru.
Pregunta de Exámenes Nacionales · 1 respuesta · 4 votos · mejor respuesta de Wals
En resumen
Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece.
Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas.
Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece.
La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior.
Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas.
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