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Necesito 3 bienes publicos para la educacion?

Necesito 3 bienes publicos para la educacion.

En resumen

En la perspectiva de la teoría de los bienes públicos, cuando el costo marginal de suministrar un bien a más personas es alto y en los que es posible la exclusión, se denomina bienes privados suministrados por el Estado.

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En la perspectiva de la teoría de los bienes públicos, cuando el costo marginal de suministrar un bien a más personas es alto y en los que es posible la exclusión, se denomina bienes privados suministrados por el Estado.

La adopción de la anterior perspectiva fundamenta la inclusión de mecanismos de mercado en la educación y por tanto del sector privado, lo cual permite una concepción de la educación como bien privado y por tanto, excluyente.

Así, la educación como un bien privado puede definirse en contraste directo con un bien público, como rival y excluyente.

No obstante, la educación es un caso único en el que un servicio puede ser conceptualizado a la vez como un bien público y un bien privado, y en términos de la teoría tradicional de Samuelson, debido a los beneficios personales, se considera un bien privado.

En el marco de los bienes públicos globales, se emplea la noción de exclusión para determinar si un bien es considerado privado o público.

Como un bien público global se define por ser de hecho no excluyente y por estar disponible para el consumo de todos ; en tanto que un bien privado es la disposición contraria, exclusión y no disponible para todos, la educación superior y los subproductos generados (conocimiento, desarrollo y crecimiento económico, reducción de la pobreza, mejores condiciones en salud, educación y alimentación del círculo familiar) se consideran como bienes públicos.

Una cuestión importante para la educación superior contemporánea y la investigación es la de "bien público", o mejor, el conflicto en torno al "bien público".

Las diversas tareas que la universidad desempeña y sus diversos resultados se examinan con respecto a su valor para lo "público", así como para lo "privado".

El presente artículo es de reflexión y su objetivo apunta a dar cuenta del trasfondo teórico de la Ley 30 de 1992 y del proyecto de reforma, en lo relacionado con la financiación de la educación superior y la participación de los sectores oficial y privado en la misma.