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Del art 42?

Del art 42. Codigo del trabajo, obligación del empleador quiero comentarios de los codigos 17, 19 y 20.

En resumen

Articulo 42 del código del trabajo Obligaciones del empleador : Entre las obligaciones del empleador están las siguientes : 1 - Pagar las cantidades que correspondan al trabajador por los servicios prestados.

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Chuysudoo6243
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Articulo 42 del código del trabajo

Obligaciones del empleador : Entre las obligaciones del empleador están las siguientes : 1 - Pagar las cantidades que correspondan al trabajador por los servicios prestados.

2 - Instalar las fabricas, talleres, oficinas atendiendo las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo.

3 - Indemnizar a los trabajadores por los accidentes de trabajo que sufrieren en el desarrollo de sus funciones.

4 - Establecer comedores a los trabajadores cuando estos laboren en numero de cincuenta o mas en la fabrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a mas de 2 kilómetros de la población mas cercana.

5 - Establecer escuelas elementales a beneficio de los hijos de los trabajadores cuando se trate de centros permanentes de trabajo ubicados a mas de 2 kilómetros de distancia de las poblaciones.

6 - Si se trata de empresas con 10 o mas trabajadores establecer almacenes de artículos de primera necesidad y distribuirlos a precios de costos a los trabajadores y sus familia.

7 - Llevar un registro con todos los datos personales del trabajador.

8 - Proporcionar a los trabajadores las herramientas y útiles de trabajo que requieran para desempeñar sus funciones.

9 - Conceder tiempo remunerado a los trabajadores para ejercer acciones en las asociaciones.

10 - Respetar las asociaciones de trabajadores.

11 - Sujetarse al reglamento interno de la empresa

12 - Otorgar certificado de trabajo a los trabajadores cuando lo requieran.

13 - Tratar a los trabajadores con respeto y consideración.

14 - Pagar al trabajador la remuneración correspondiente al tiempo perdido de trabajo por culpa del empleador.

15 - Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la prestación por parte del instituto ecuatoriano de seguridad social, el 50 % de su remuneración en caso de enfermedad no profesional.

16 - Facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los locales de trabajo.

17 - Pagar al trabajador reemplazante una remuneración no inferior a la básica que corresponda al reemplazado.

18 - Pagar al trabajador los gasto de ida y vuelta, alojamiento y alimentación cuando por razones del servicio, tenga que trasladarse a un lugar distinto del de su residencia.

19 - Descontar de las remuneraciones las cuota que, según los estatutos de la asociación tengan que abonar los trabajadores, siempre que la asociación lo solicite.

20 - Acordar con los trabajadores o con los representantes de la asociación mayoritaria de ellos, el procedimiento de quejas y la constitución del comité obrero patronal.

El articulo 17 del código del trabajo se refiere a los contratos de trabajos eventuales, ocasionales, de temporada.

Estos se realizaran de acuerdo a las necesidades de producciones que tenga el empleador.

El articulo 19 del código del trabajo se refiere al contrato de trabajo en forma escrita de acuerdo al trabajo a realizar y en que circunstancias se presenten.

Entre las circunstancias en que se puede realizar un contrato de trabajo en forma escrita esta : A los de prueba, trabajo a destajo, trabajo por obra determinada, a los de aprendizaje, los eventuales , ocasionales y temporada

, entre otros.

El articulo 20 del código del trabajo, hace mención que los contratos de trabajo que deben realizarse por escritos debe registrarse ante la autoridad competente e un plazo no mayor de 30 días.