Articulos 14 y 16 dela constitución politica , ?
Articulos 14 y 16 dela constitución politica , .
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En resumen
Artículo 14.
Artículo 14.
"Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
"
Artículo 16.
"Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista Venustiano Carranza 06 - 12 - 1916, Periodo ÚNICO TURNADA A LA(S) COMISIÓN(ES) DE : Reformas a la Constitución, Corrección de Estilo 1a. Lectura :…
La salud es un derecho que garantiza el estado, cuya realización epse vincula al ejercicio de otra derechos, entre ellos el derecho a el agua, la educación, trabajo, etc.
Depende de que pais es asi que por favor pon el pais del que quieres saber.