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Articulo 4 del codigo civil del distrito federal?

Articulo 4 del codigo civil del distrito federal.

En resumen

Artículo 4. - Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general para el Distrito Federal, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su publicación haya sido anterior.

Mejor respuesta

8

Artículo 4.

- Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general para el Distrito

Federal, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su

publicación haya sido anterior.