Para efectos del IVA los bienes se clasifican en corporales, muebles o inmuebles?
Para efectos del IVA los bienes se clasifican en corporales, muebles o inmuebles.
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Para efectos del IVA los bienes se clasifican en corporales, muebles o inmuebles.
En resumen
Por expresa disposición de la ley no causan el impuesto. Los productores y comerciantes de bienes excluidos no son responsables del IBA, no tienen derecho a solicitar impuestos des contables ni devoluciones, constituye un mayor costo del respectivo bien.
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Por expresa disposición de la ley no causan el impuesto.
Los productores y comerciantes de bienes excluidos no son responsables del IBA, no tienen derecho a solicitar impuestos des contables ni devoluciones, constituye un mayor costo del respectivo bien.
No tiene obligación alguna en relación con el gravamen.