Los servicios públicos domiciliarios son tenidos en cuenta como un
derecho colectivo en cuanto se garantiza su prestación como un medio
para lograr un nivel de vida adecuado que permita el desarrollo de las
personas y de las comunidades y como tal se tornan en Derecho ; no
obstante, desde esta premisa, los Estados, a través de los gobiernos,
han convertido, en gracia de la progresividad, en programa político
primero y luego en servicio público, objeto de prestación por empresas
privadas, los servicios públicos domiciliarios, en este sentido, los
medios para obtener un nivel de vida con calidad por la generalidad de
la población, son hoy otro negocio, otra actividad comercial pasible
de generar ganancia.