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- Los miembros de las Fuerzas o Institutos armadoso de los Cuerpos sometidos a disciplina militar,¿podrán ejercer el derecho de petición?

- Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar, ¿podrán ejercer el derecho de petición? : A) No B) Sí, sin ninguna limitación C) Sólo individualmente D) Sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.

En resumen

Respuesta correcta : D) Artículo 29 1Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley. 2.

Mejor respuesta

Catycuichan15
9

Respuesta correcta : D)

Artículo 29

1Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.

2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.