Leyes de la liberrima?
Leyes de la liberrima.
Leyes de la liberrima.
Pregunta de Ciencias Sociales · 1 respuesta · 7 votos · mejor respuesta de Dianapaola26062
En resumen
LA CONSTITUCIÓN "LIBERRIMA" DE 1893 Y LA REFORMA DE 1896Documento No.
LA CONSTITUCIÓN "LIBERRIMA" DE 1893 Y LA REFORMA DE 1896Documento No.
67Constitución Política "La Libérrima"(10 de Diciembre de 1893)EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAA SUS HABITANTES, SABED : QUE LOS REPRESENTANTES DEL PUEBLO HAN ORDENADO LO SIGUIENTE : Nosotros los Representantes del Pueblo nicaragüense, reunidos para dar la Ley Fundamental de la Nación, decretamos y sancionamos la siguienteCONSTITUCIÓN POLÍTICA.
TÍTULO IDe la NaciónArt.
1. - Nicaragua es una sección disgregada de la República de Centroamérica.
En consecuencia reconoce como una necesidad primordial volver a la unión con las demás secciones de la República disuelta.
A este efecto, queda facultado el Poder Ejecutivo para ratificar definitivamente los tratados que tiendan a realizarla como uno o más Estados de la antigua Federación.
Art. 2.
- Nicaragua es Nación libre, soberana e independiente.
Art. 3.
- La soberanía es una, inalienable e imprescriptible, y reside esencialmente en el pueblo.
Art. 4.
- Los funcionarios públicos no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley.
Todo acto que ejecuten fuera de la ley, es nulo.
Art. 5.
- Los límites de Nicaragua y su división territorial serán determinados por la ley.
TÍTULO IIDe los NicaragüensesArt.
6. - Los nicaragüenses son naturales o naturalizados.
Art. 7.
- Son naturales : 1.
- Los nacidos en Nicaragua de padres nicaragüenses o de extranjeros domiciliados : 2.
- Los hijos de padre o madre nicaragüense nacidos en el extranjero, si optaren por la nacionalidad nicaragüense.
Los Tratados pueden modificar estas disposiciones con tal que haya reciprocidad : 3.
- Los hijos de las otras Repúblicas de Centroamérica que manifiesten, ante la primera autoridad departamental, su deseo de ser nicaragüenses.
Art. 8.
- Son naturalizados : 1.
- Los hispano - americanos que tengan un año de residencia en el país y que manifiesten su deseo de naturalizarse en él, ante la autoridad respectiva : 2.
- Los demás extranjeros que tengan dos años de residencia en el país, y que manifiesten el deseo de naturalizarse en él, ante la autoridad referida : 3.
Los que obtengan carta de naturaleza acordada por la autoridad que designe la ley.
TÍTULO IIIDe los extranjerosArt.
9. - La República de Nicaragua es asilo sagrado para toda persona que se refugie en su territorio.
Art. 10.
- Los extranjeros están obligados desde su llegada al territorio de la República, a respetar las autoridades y a observar las leyes.
Art. 11.
- Los extranjeros gozan en Nicaragua de todos los derechos civiles de los nicaragüenses.
Art. 12.
- Pueden adquirir toda clase de bienes en el país ; pero quedarán sujetos, en cuanto a estos bienes, a todas las cargas ordinarias o extraordinarias a que están obligados los nacionales.
Art. 13.
- No podrán hacer reclamaciones ni exigir indemnización alguna del Estado, sino en los casos y en la forma que pudieran hacerlo los nicaragüenses.
Art. 14.
- Los extranjeros que hagan reclamaciones injustas, interponiendo la vía diplomática, si estas reclamaciones no terminasen amistosamente, perderán el derecho de habitar el país.
Art. 15.
- Es prohibida la extradición por delitos políticos, aunque por consecuencia de éstos resulte un delito común.
Art. 16.
- Los tratados y la ley establecerán los casos en que pueda haber extradición por delitos comunes graves.
Art. 17.
- Las leyes podrán establecer la forma y casos en que pueda negarse a un extranjero la entrada al territorio de la nación u ordenarse su expulsión por considerarlo pernicioso.
Art. 18.
- Las leyes y tratados reglamentarán el uso de estas garantías, sin poder disminuirlas ni alterarlas.
Art. 19.
- Las disposiciones de este Título no modifican los tratados existentes entre Nicaragua y otras naciones.
TÍTULO IVDe los ciudadanosArt.
20. - Son ciudadanos todos los nicaragüenses mayores de dieciocho años, y los mayores de dieciséis que sean casados o que sepan leer y escribir.
LA CONSTITUCIÓN "LIBERRIMA" DE 1893 Y LA REFORMA DE 1896Documento No.
Respuesta : Ley divina. A diferencia de la ley humana, el hombre no puede cambiarla. No debe confundirse con el concepto de ley natural, también inmutable, pero a la que, al contrario de la ley divina lo cual , puede…
Las leyes, en general, son creadas y aprobadas, por los distintos poderes legislativos, de cada nación. Son estos poderes, los cuales son pertenecientes a los tres poderes de cada estado (el Ejecutivo, Legislativo y…