Ley general de educación 28044 y su modificatoria ley n 28123?
Ley general de educación 28044 y su modificatoria ley n 28123.
Ley general de educación 28044 y su modificatoria ley n 28123.
Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora
y su modificatoria es : Modifíquese los artículos 141, 142, 146, 147, y 153 del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011 - 2012 - ED.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora ;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la referida Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado ;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011 - 2012 - ED se aprobó el Reglamento de la Ley General de Educación, cuyo Título V “De la Gestión del Sistema Educativo”, contiene, entre otras, disposiciones referidas a la organización y funciones de la Unidad de Gestión Educativa Local, de la Dirección Regional de Educación y del Ministerio de Educación ;
Que, sin embargo, las normas vigentes no permiten diferenciar claramente las responsabilidades que le corresponde asumir a las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y a las Unidades de Gestión Educativa Local, conforme a las funciones que la Ley General de Educación les asigna ; ni la relación existente entre ambas instancias en el marco de una gestión descentralizada, simplificada, participativa y flexible del sistema educativo nacional ;
Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el Reglamento de la Ley General de Educación, a fin de precisar las relaciones entre ambas instancias de gestión educativas descentralizadas, así como las responsabilidades que corresponden a cada una de ellas ;
Que, asimismo, esta modificación contribuirá con el diseño e implementación de intervenciones nacionales, regionales y locales orientadas a mejorar la prestación del servicio educativo, en el marco de la modernización de la gestión pública en el Sector Educación ;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo ; y la Ley Nº 28044, Ley General de Educación ;
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