Respuesta : LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
Principios Generales.
Fundación y Constitución.
Doctrina y Organización.
Funcionamiento.
Patrimonio.
Caducidad y Extinción.
Procedimiento Partidario ante la Justicia Electoral.
Disposiciones Generales.
Cláusula Transitoria.
Ley N° 23.
298Sancionada : Setiembre 30 de 1985Promulgada de Hecho : Octubre 22 de 1985Ver Antecedentes NormativosEL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC.
, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY : LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
TITULO IPrincipios generalesARTICULO 1.
- Se garantiza a los electores el derecho de asociación política para agruparse en partidos políticos democráticos.
Se garantiza a las agrupaciones el derecho a su constitución, organización, gobierno propio y libre funcionamiento como partido político, así como también el derecho de obtener la personalidad jurídico - política para actuar en uno, varios o todos los distritos electorales, o como confederación de partidos, de acuerdo con las disposiciones y requisitos que establece esta ley.
(Artículo sustituido por art.
4° de la Ley N° 26.
774 B.
O. 02 / 11 / 2012)ARTICULO 2.
- Los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional.
Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos.