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El codigo organico del articulo 247?

El codigo organico del articulo 247.

En resumen

Art. 247. La inamovilidad de que habla el artículo 77 de la Constitución del Estado rige no sólo respecto de los jueces propietarios, sino también respecto de los interinos y suplentes.

Mejor respuesta

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Art. 247.

La inamovilidad de que habla el artículo

77 de la Constitución del Estado rige no sólo respecto

de los jueces propietarios, sino también respecto de

los interinos y suplentes.

La inamovilidad de los interinos durará hasta el

nombramiento del respectivo propietario, y la de los

suplentes hasta que expire el tiempo por el cual

hubieren sido nombrados.