ARTICULO 16 - 20 derecho a la comunicaciony la informacionayudenme xfa?
ARTICULO 16 - 20 derecho a la comunicaciony la informacion ayudenme xfa.
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En resumen
Art. 16. - Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a : 1.
Art. 16.
- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a : 1.
Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de lainteracciónsocial, por cualquier medio y forma, en su propialenguay con sus propiossímbolos.
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación demedios de comunicaciónsocial, y al acceso enigualdadde condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para lagestiónde estaciones deradioytelevisiónpúblicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación deredes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas condiscapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.
Respuesta : grax por los puntos : )Explicación :
Respuesta : repuestas en braylin sobre la cienciaExplicación :
Explicación : tienes que poner el derecho y la obligación de cada uno como residente escuela Qué derecho tiene si tiene un derecho de hacer las tareas o estudiar y la obligación es de que tú la hagas en la casa tiene…